En la pasada COP 14 sobre el Convenio de Diversidad Biológica (CDB), con insumos de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), se aprobaron los lineamientos1,2 para que los países miembros identifiquen y reporten otras medidas de conservación basadas en áreas (OMEC) como aporte al logro de la Meta Aichi 11. En Colombia, esta discusión internacional ha permitido reabrir el debate sobre la definición de estrategias complementarias de conservación (ECC) y la formulación de propuestas de criterios para su identificación, reconocimiento y monitoreo.
Conforme con lo establecido en el Decreto 1076 de 20153, se consideran las ECC las distinciones internacionales cuyo origen son los tratados y convenios internacionales. Las mencionadas en el decreto son los Sitios Ramsar, las Reservas de biosfera, Aicas y áreas Patrimonio de la humanidad4. Sin embargo, durante 2018 se propuso una definición más incluyente, la cual aún se encuentra en discusión y en proceso de ser adoptada, durante el desarrollo de talleres regionales y a partir de insumos previos recogidos en las memorias del II Congreso Colombiano de Áreas Protegidas del 20145 y la definición de OMEC6. La propuesta es la siguiente:
Se entiende por estrategias complementarias de conservación (ECC) aquellas medidas gubernamentales o no gubernamentales que se expresan en un espacio geográfico definido, diferente a un área protegida, que buscan mantener y promover en el tiempo las contribuciones materiales e inmateriales de la naturaleza a la sociedad y aportar a la conservación in situ de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos, mediante formas de gobernanza que involucran uno o varios actores públicos, privados o comunitarios.
En un esfuerzo por visibilizar las ECC, los Sistemas Regionales de Áreas Protegidas (Sirap) han liderado un ejercicio de identificación y sistematización de las mismas que aún está en proceso. Hasta la fecha se han encontrando 1522 sitios agrupados en 89 denominaciones, que dan cuenta de la diversidad de estas figuras en aspectos como tipo de gobernanza, origen de la iniciativa, formas de gestión y manejo e inclusión en las dinámicas territoriales.
Sin embargo, más allá de su identificación, percibida como una oportunidad para reconocer y articular formas de conservación con el Sinap, aún se presentan retos importantes relacionados con la evaluación y el monitoreo de su aporte a la conectividad funcional y al mantenimiento de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos, así como su incorporación a procesos de ordenamiento territorial, e inclusión en la estructuración ecológica del territorio.
Zonas de Reserva Campesina como ECC
Una de las ECC identificadas según la definición son las Zonas de Reserva Campesina7, que cuentan con un instrumento de planificación que orienta el desarrollo comunitario desde las concepciones y los saberes propios del territorio. Este instrumento determina zonas de conservación, restauración y uso sostenible.
Territorios de uso colectivo como ECC
Otro ejemplo de ECC son los territorios de uso colectivo. En estos lugares diversas organizaciones comunitarias han desarrollado a través del tiempo prácticas relevantes para el manejo y la conservación de la biodiversidad, las cuales incluyen procesos de planificación propios y actividades orientadas al cuidado de la naturaleza.