Ficha: 404 | 2019

Estructura ecológica principal para el ordenamiento territorial

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Es necesario precisar el alcance de la estructura ecológica a partir de las determinantes ambientales que expiden las corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible y las autoridades ambientales urbanas del país, para desarrollar procesos de ordenamiento territorial adecuados para la toma de decisiones, en los que la biodiversidad y los servicios ecosistémicos son fundamento para tales fines.

La estructura ecológica es una herramienta para que diferentes tomadores de decisiones incorporen y gestionen las dinámicas ecosistémicas que dan sustento al desarrollo de los territorios en los procesos de monitoreo, gestión, planificación de los recursos naturales y ordenamiento territorial. Por lo anterior, no es un instrumento de ordenamiento más, y como herramienta técnica tendrá alcances diferentes de acuerdo con las competencias de quien la usa.

Para las autoridades ambientales la estructura ecológica es un posible escenario de armonización para las categorías de conservación, restauración y uso sostenible, incorporadas en los instrumentos de ordenamiento ambiental, que les permite identificar un modelo regional para orientar los modelos de ocupación locales, las prioridades de inversión, los portafolios de conservación y de compensaciones, entre otros. Por otra parte, los municipios tienen la tarea de identificar la estructura ecológica en sus procesos de ordenamiento territorial e incluirla como uno de los sistemas estructurantes dentro de la formulación del Planes de Ordenamiento Territorial (POT), es decir, incluirla como el sistema de soporte ambiental del territorio. Esto va más allá de la simple incorporación de área protegidas, pues es capaz de considerar diferentes alternativas para la gestión.

En este contexto, el nivel regional está llamado a funcionar como una bisagra que articula y permite que los procesos ecológicos y sus servicios puedan ser efectivamente gestionados desde las diferentes escalas territoriales. El papel de las autoridades ambientales es crucial, pues aportan claridad sobre cuáles elementos de la estructura ecológica se considerarán como determinante ambiental para los POT.

Las autoridades ambientales que presentan mayor claridad en los temas de estructura ecológica como determinante son las ubicadas en el centro del país, donde se evidencia mayor apropiación del tema. Sin embargo si bien se han generado algunas orientaciones a los municipios para sus procesos de ordenamiento aún no se manejan criterios comunes. Algunas de las corporaciones ubicadas en la periferia -región amazónica, Chocó y Caribe-, si bien resaltan la importancia de la estructura ecológica en sus determinantes, las orientaciones que estas dan a los municipios aún no resultan ser lo suficientemente claras.

El trabajo conjunto entre el Instituto Humboldt y el Ministerio de Ambiente se ha direccionado hacia una incorporación más efectiva de este tema en los procesos de gestión, planificación y ordenamiento territorial. Adicionalmente se ha buscado la participación activa de las demás entidades del Sistema Nacional Ambiental (Sina). Es necesario establecer un lenguaje común entre autoridades ambientales, no solo en la manera de incorporar la estructura ecológica como determinante ambiental, sino en los mensajes que desde este nivel de gestión se están dando a los territorios en el marco de los procesos de planificación y ordenamiento territorial.

Ventajas de incluir la estructura ecológica como determinante para las Autoridades ambientales:

  • Estudiar los modelos de ocupación que se proponen a nivel local con una visión regional e integral.
  • Identificar elementos del entorno natural intervenido que requieren especial atención.
  • Definir los elementos que requieren intervenciones de conservación y mayores grados de restricción frente al ordenamiento territorial, por lo que deberían incluirse dentro de un área de manejo especial (catalogada dentro de un área protegida o bien incluirla dentro de los portafolios de conservación).
  • Identificar elementos que pueden traducirse en estrategias complementarias de conservación que pueden ser más flexibles en términos del ordenamiento territorial.
  • Definir directrices, que deben ser consideradas por las entidades territoriales, para el uso y manejo sostenible de los recursos naturales. Contar con insumos para definir medidas de producción sostenible.
  • Concertar con los municipios las áreas prioritarias para la restauración de elementos estratégicos que garanticen la sostenibilidad de los territorios, diferenciando estrategias de restauración para la conservación y estrategias de restauración para la producción sostenible.
  • Orientar a los municipios frente a áreas que deban ser priorizadas para la conservación y el uso sostenible en el marco de actuaciones sectoriales y/o urbanísticas.

Incorporación de la estructura ecológica como determinante ambiental dentro de las CAR

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Incorporación de la EEP en las determinantes de las CAR

Uso de la estructura ecológica por parte de los municipios

Orientar su modelo de ocupación hacia uno más sostenible.

Identificar los elementos que constituyen el sistema estructurante de soporte ambiental del POT.

Agrupar áreas y corredores de conectividad que cumplen funciones de soporte ecosistémico, que deben incluir espacios no solo naturales sino los transformados o artificializados, que ayuden a mantener las funciones ecosistémicas e interrelaciones ecológicas, ya sea como espacio público, áreas para conservación, mitigación de fenómenos o amenazas naturales -todo esto incluido en el modelo de ocupación.

Reglamentar las diferentes normas del POT de acuerdo con la clasificación del suelo (urbano, rural, expansión), y como insumo para asignar responsabilidades en las inversiones ambientales del programa de ejecución, entre otros.

Las alternativas de incorporación de la estructura ecológica como determinante de ordenamiento territorial deberán estar mediadas por un conocimiento de la realidad del territorio, de las competencias legales y de las capacidades, tanto de las autoridades ambientales como de los entes territoriales para hacer efectiva la gestión de la mismas en los diferentes procesos, de manera que se aporte a modelos de ocupación objetivos y alcanzables.

Mapa conceptual: conocimiento de las realidades territoriales, estructura ecológica, y competencias legales y capacidades

Núcleos
Corredores
Áreas aferentes a núcleos y corredores

Más información

Versión PDF Ficha metodológica Referencias Cítese como
Morales, P. A., Cardona, D., Álvarez, C.M. & Corredor, D.R. (2020). Estructura ecológica principal para el ordenamiento territorial. En: Moreno, L. A. & Andrade, G. I. (Eds.). Biodiversidad 2019. Estado y tendencias de la biodiversidad continental de Colombia. Bogotá, D. C., Colombia: Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt. 92p.
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