Ficha: 405 | 2016

La restauración ecológica

Una mirada política y normativa

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La restauración ecológica es una actividad prioritaria a nivel mundial 1 y en Colombia representa una oportunidad única para contribuir a la mitigación y adaptación al cambio global. También puede aportar en el postconflicto desde su amplio marco de aplicación: en los ecosistemas mejor preservados, tierras productivas degradadas o abandonadas y en áreas con mayor degradación, daño o destrucción.

Definiciones de Restauración Ecológica

Sociedad Internacional de Restauración Ecológica (SER):Proceso de ayudar al restablecimiento de un ecosistema que se ha degradado, dañado o destruido.

Organismo Subsidiario Científico, Técnico y Tecnológico del CDB - SBBSSTTA (2016). Recomendación 20/12:Es el proceso de gestión o apoyo de la recuperación de un ecosistema que ha sido degradado, dañado o destruido, como forma de sostener la resiliencia de los ecosistemas y conservar la diversidad biológica.

Decreto 2372 de 2010. Capitulo 1, Art. 2, Literal E. Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible:Restablecer parcial o totalmente la composición estructura y función de la biodiversidad que haya sido alterada o degradada.

En el país, el concepto restauración ecológica ha tenido un desarrollo desde los ámbitos técnico, científico, político y normativo, relacionado con procesos que se encuentran estrechamente vinculados y que responden a dinámicas externas e internas. En el ámbito jurídico, el término restauración ecológica se incorporó en la década de los 70, asociado a una filosofía conservacionista y rural, con acciones relacionadas a la reforestación y el control de la contaminación ambiental. Durante este periodo, la gestión de la conservación, el mejoramiento del ambiente y la restauración dependían principalmente del Estado. En la década de los 90 la restauración ecológica adquiere un rango normativo mayor gracias la Constitución Política de 1991. Desde ese momento las normas y la jurisprudencia dan paso a la modernización de las políticas públicas, reconociendo el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano como elemento esencial para el bienestar humano bajo la noción de desarrollo sostenible (Art. 79 de la Constitución Política de 1991). Para ello, se establece que el Estado deberá disponer de acciones de conservación, asociadas al uso sostenible, el conocimiento de la biodiversidad y la restauración ecológica.

En el ámbito técnico-científico, el término es reconocido mundialmente desde la segunda mitad del siglo XX gracias al trabajo de la Sociedad Internacional para la Restauración Ecológica (SER), que en el año 20022 presentó una declaración científica con principios, definiciones y lineamientos. En el escenario político, desde hace más de 20 años, son diversos los tratados internacionales que han reconocido el rol crucial de la restauración para el cumplimiento de sus compromisos.

Algunos ejemplos son el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), la Convención de las Naciones Unidas para la lucha contra la Desertificación (CNULD) y la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitats de aves acuáticas (Convenio Ramsar). Pese a lo anterior, solo en el 2016 se contó con una definición unificada del término en el ámbito político global, diferenciándolo de conceptos íntimamente relacionados como rehabilitación, creación de nuevos paisajes o rasgos ecológicos, recuperación, sustitución y mejoramiento.

A comienzos del siglo XXI la definición de restauración ecológica tuvo un mayor desarrollo político y normativo en Colombia al ser adoptado por el Decreto 2372 de 2010 y con la publicación del Plan Nacional de Restauración (PNR). De manera paralela, el conocimiento científico, técnico y tecnológico en el tema ha ido incrementando, al igual que el desarrollo de redes temáticas que han permitido la generación de espacios para el fortalecimiento de capacidades, la discusión y el intercambio de experiencias en restauración.

Línea de tiempo de restauración ecológica

Línea de tiempo

La restauración ecológica en el desarrollo sostenible y el crecimiento verde

Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) como producto de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible de 2012 (CNUDS) o Río +20: El Futuro que Queremos.

Política Nacional para la Gestión Integral de la Biodiversidad; y de sus Servicios Ecosistémicos (PNGIBSE)

Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018

Implementación de medidas de compensación por pérdida de la biodiversidad

Medida de adaptación al cambio climático incluida en el Acuerdo de París de 2015

Prospecciones y retos de la restauración ecológica

Ilustración Roble
Gráfica

Metas de Restauración para Colombia

Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014:
restaurar 90.000 ha.

Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018: restaurar 210.000 ha.

Reto de BONN, Iniciativa 20 X 20: restaurar 1.000.000 ha para el año 2020

Convenio sobre la Diversidad Biológica
Programa de Restauración - Meta AICHI 15: el 15% de las áreas degradadas para el año 2020

Según el PNR, Colombia tiene 23.339.878 ha en algún estado de daño, degradación o destrucción5

La Restauración Ecológica (Meta AICHI 15) representa 3.500.972 ha aprox.

Más información

Versión PDF Ficha metodológica Referencias Cítese como
Aguilar-Garavito, M., Schlesinger, S. M., Ramírez, W., Hernández, A. M., y Franco, A. (2017). La restauración ecológica. Una mirada política y normativa. En Moreno, L. A., Andrade, G. I., y Ruiz-Contreras, L. F. (Eds.). 2016. Biodiversidad 2016. Estado y tendencias de la biodiversidad continental de Colombia. Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt. Bogotá, D. C., Colombia.
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