En el país, el concepto restauración ecológica ha tenido un desarrollo desde los ámbitos técnico, científico, político y normativo, relacionado con procesos que se encuentran estrechamente vinculados y que responden a dinámicas externas e internas. En el ámbito jurídico, el término restauración ecológica se incorporó en la década de los 70, asociado a una filosofía conservacionista y rural, con acciones relacionadas a la reforestación y el control de la contaminación ambiental. Durante este periodo, la gestión de la conservación, el mejoramiento del ambiente y la restauración dependían principalmente del Estado. En la década de los 90 la restauración ecológica adquiere un rango normativo mayor gracias la Constitución Política de 1991. Desde ese momento las normas y la jurisprudencia dan paso a la modernización de las políticas públicas, reconociendo el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano como elemento esencial para el bienestar humano bajo la noción de desarrollo sostenible (Art. 79 de la Constitución Política de 1991). Para ello, se establece que el Estado deberá disponer de acciones de conservación, asociadas al uso sostenible, el conocimiento de la biodiversidad y la restauración ecológica.
En el ámbito técnico-científico, el término es reconocido mundialmente desde la segunda mitad del siglo XX gracias al trabajo de la Sociedad Internacional para la Restauración Ecológica (SER), que en el año 20022 presentó una declaración científica con principios, definiciones y lineamientos. En el escenario político, desde hace más de 20 años, son diversos los tratados internacionales que han reconocido el rol crucial de la restauración para el cumplimiento de sus compromisos.
Algunos ejemplos son el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB), la Convención de las Naciones Unidas para la lucha contra la Desertificación (CNULD) y la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como hábitats de aves acuáticas (Convenio Ramsar). Pese a lo anterior, solo en el 2016 se contó con una definición unificada del término en el ámbito político global, diferenciándolo de conceptos íntimamente relacionados como rehabilitación, creación de nuevos paisajes o rasgos ecológicos, recuperación, sustitución y mejoramiento.
A comienzos del siglo XXI la definición de restauración ecológica tuvo un mayor desarrollo político y normativo en Colombia al ser adoptado por el Decreto 2372 de 2010 y con la publicación del Plan Nacional de Restauración (PNR). De manera paralela, el conocimiento científico, técnico y tecnológico en el tema ha ido incrementando, al igual que el desarrollo de redes temáticas que han permitido la generación de espacios para el fortalecimiento de capacidades, la discusión y el intercambio de experiencias en restauración.